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Académicos, abogados y especialistas participaron en audiencia pública sobre reforma a la Ley de Amparo

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13 de octubre de 2025
Académicos, abogados y especialistas participaron en audiencia pública sobre reforma a la Ley de Amparo
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  • Fue convocada por las comisiones unidas de Justicia y de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Diputados, con el tema “improcedencia”
  • Las propuestas serán parte del gran debate que se llevará a cabo en la sesión del pleno de las comisiones unidas, el lunes 13 de octubre, a las seis de la tarde: diputado Julio César Moreno

Académicos, abogados y especialistas plantearon diversas propuestas a diputadas y diputados integrantes de las comisiones unidas de Justicia y de Hacienda y Crédito Público, durante la audiencia pública sobre el proyecto de dictamen a la minuta que reforma la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa, que inició hoy con la mesa temática “improcedencia”.

El presidente de la Comisión de Justicia, diputado Julio César Moreno Rivera (Morena), afirmó que se trata de un ejercicio enriquecedor con grandes propuestas, las cuales “serán parte del gran debate que se llevará a cabo en la sesión del pleno de las comisiones unidas” el lunes 13 de octubre, a las seis de la tarde.

Indicó que el sitio web sigue abierto para el registro, y son bienvenidas las observaciones y aportaciones que serán una herramienta importante para el trabajo de ambas instancias legislativas.

Recordó que este sábado 11 de octubre continuarán las audiencias y el lunes también se abordará el tema de “suspensión”. Además –dijo– es importante que los ponentes abonen a perfeccionar la redacción para evitar conflictos sobre las operaciones de procedencia ilícita y las que son supuestamente lícitas.

Intervención de diputadas y diputados

Para la diputada Mariana Benítez Tiburcio (Morena) uno de los temas más controvertidos es la suspensión y, de manera particular, en las operaciones con recursos de procedencia ilícita, sobre la restricción de derechos y la garantía para la suspensión. Manifestó su inquietud por cómo disminuir o combatir las dilataciones vía promoción de recusaciones, más allá de las multas porque éstas no han sido suficientes.  

El diputado Carlos Ventura Palacios Rodríguez (Morena) expresó su preocupación sobre cómo equilibrar los abusos del privado contra el derecho de la persona, como en el caso de que una constructora quiera un permiso para construir en un área protegida, un bosque urbano. Respecto al artículo 192 de la Ley de Amparo, destacó la importancia de vincular instituciones para hacer un cabal cumplimiento y efectividad de la seguridad jurídica de La ciudadanía, y analizar el tema de la recusación.

Del PAN, el diputado Federico Döring Casar refirió que el Senado quitó la disposición que intentaba plasmar en el artículo 260 de la Ley de Amparo el justificarle a la autoridad la imposibilidad material del cumplimiento del ejecutorio. Expresó su preocupación por que, si se quedara sin la suspensión y en el supuesto de que alguien ganase la resolución de fondo, cómo será la reparación sustituta del daño.

La diputada María Luisa Mendoza Mondragón (PVEM) externó su inquietud sobre el remate y el acceso a la justicia con visión integral ante la declaración del remate, respecto a la suspensión para retardar o prorrogar, y una de las preocupaciones generalizadas es el asunto de las condiciones ilícitas. Por ello, estimó relevante la aportación de las y los ponentes, a fin de construir un marco jurídico que permita transitar a todas y todos.

A su vez, el diputado Francisco Javier Guízar Macías (PT) mencionó que se debe apoyar a la Secretaría de Hacienda en el tema de los créditos que han sido impugnados y generar un modelo que permita a los contribuyentes defenderse.

Ponentes

El abogado y vicepresidente del Consejo Directivo de Reinserta, José Barrios Moreno, propuso que en materia aprobatoria se incorpore una excepción a la regla en el artículo 121 que obliga a las partes a ofrecer sus pruebas a más tardar en la fecha de la primera audiencia constitucional; esa excepción aplicaría cuando la autoridad no haya rendido su informe justificado.

 Resaltó que el   juicio de amparo, con todas sus áreas de oportunidad, ha sido históricamente el principal mecanismo de prevención de violaciones a derechos humanos y de reparación cuando se consuma.

Luis Curiel Piña, representante de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa, Colegio de Abogados (ANADE), expresó que la minuta pretende que aquellos créditos fiscales que hayan quedado firmes no puedan volver a ser impugnados, lo que daría lugar a una “carta abierta” para la violación de garantías y derechos del ciudadano, pues se trata de créditos que ya fueron materia de impugnación. “No es necesario regular lo que ya está suficientemente regulado”.

El doctor en derecho por el Centro Universitario de Estudios Jurídicos, Magdaleno Villanueva Flores, observó que el juicio de amparo es técnico, complejo y solo gente especializada puede realizarlo; por ello, se deben hacer más sencillos los requisitos para la demanda.

Agregó que la minuta, lejos de facilitar la procedencia del trámite, lo hace más técnico y reduce la procedencia del mismo al implicar el catálogo de causales de improcedencia. Pidió revisar la reforma y ajustarla para lograr que el ciudadano común pueda promoverlos.

Víctor Manuel Solís Buitrón, especialista en derecho empresarial y penal, comentó que la propuesta busca limitar el ejercicio de la suspensión tratándose del supuesto de que se permite actos que favorecen poder operar con recursos de procedencia ilícita, mismos que le corresponde a la Unidad de Inteligencia Financiera investigar; es decir, se limita el derecho de la tutela judicial a favor del justiciable para poder ejercer un mecanismo de defensa a través de la medida cautelar como es la suspensión; se debe suprimir.

Juan Pablo Gómez Fierro, abogado y maestro en derecho en la Universidad Panamericana, aseguró que la reforma no fortalece la justicia en México; al contrario, la debilita porque quita un instrumento que ha servido históricamente para defenderse de los actos de autoridad como es el juicio de amparo. “Si debilitamos la suspensión, todas y todos quedaríamos expuestos a actos arbitrarios de autoridad sin un mecanismo, como es la suspensión”. 

Andrés Aguinaco Gómez Mont, abogado y profesional en asesoría y litigio administrativo y constitucional, dijo que la minuta busca hacer del juicio de amparo un proceso más ágil y accesible; fortalece las capacidades del juicio en línea; Sin embargo, no se deben consumir las violaciones a derechos humanos solo por falta de una medida cautelar apropiada o limitar el juicio de amparo, ya que la figura de la suspensión debilita el último recurso que tiene una persona frente a los abusos arbitrarios del poder.

Andrés Alcántara Silva, académico y litigante, reconoció la necesidad de actualizar la regulación del juicio de amparo porque es el medio de control constitucional que todos y todos los mexicanos tienen para defenderse de violaciones a derechos humanos.

Indicó que se propone agregar al artículo 111 de la Ley de Amparo la palabra “únicamente”, la cual es restrictiva y regresiva, por lo que se debe eliminar, así como el artículo 192 sobre el marco de actuación de las autoridades responsables. “Hay que entregar una ley eficaz, eficiente y moderna”.

En tanto, Daniel Torres Checa, asociado senior de la firma de derecho constitucional Conesa & Moreno Abogados, refirió que la fracción III del artículo 128 de la Ley de Amparo nombra los requisitos como condiciones para la satisfacción de la suspensión, que son: interés social y el orden e interés público, respecto de lo cual planteó quitar la palabra “interés público” porque manda un mal mensaje, y que se analiza el tema de la regulación relacionado con la recusación. “Se debe tener alturas de miras en la aprobación de esta reforma y reflexionar sobre estos puntos para tener una mejor ley”.

Jesús Octavio Salgado Pelayo, abogado en litigio mercantil, hizo notar que con la minuta se agrega un nuevo estándar probatorio para acreditar la licitud de los recursos, cuando el acto reclamado consiste en la retención o embargo de cuentas bancarias, pero cuestionó cuál será el grado de exigencia que se tendrá que acreditar para demostrar la legitimidad de dichos recursos. “Esto representa un reto y exigirá que los ciudadanos y empresas comerciantes tengan mayor diligencia en el cuidado de sus operaciones”.

–ooOoo–

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